Durante un arriendo pueden surgir problemas entre el propietario y el arrendatario. Lo primero y más recomendable es revisar el contrato de arriendo y tratar de resolver el problema directamente con la otra parte, manteniendo una comunicación respetuosa, clara y dejando por escrito los acuerdos a los que se llegue.
Si el problema está relacionado con una reparación o desperfecto de la propiedad, es importante determinar primero a quién corresponde solucionarlo. El propietario debe hacerse cargo de las reparaciones que legalmente le corresponden, mientras que el arrendatario debe asumir las reparaciones locativas y los daños que sean de su responsabilidad. El Código Civil establece además que, en determinadas circunstancias, si las reparaciones impiden o dificultan gravemente el uso de la propiedad, el arrendatario puede tener derecho a una rebaja de la renta o incluso a poner término al contrato.
Si el problema no puede resolverse directamente entre las partes, es recomendable buscar orientación jurídica antes de tomar medidas que puedan generar consecuencias para cualquiera de ellas. La Corporación de Asistencia Judicial, por ejemplo, ofrece orientación en materias de arrendamiento tanto a arrendatarios como a propietarios y, cuando se cumplen determinados requisitos, también puede prestar representación judicial.
También es importante guardar toda la documentación relacionada con el problema, como el contrato de arriendo, fotografías, mensajes, correos electrónicos, comprobantes de pago, presupuestos, facturas y cualquier otra comunicación o antecedente que permita demostrar lo ocurrido.
Si el conflicto requiere finalmente acudir a los tribunales, existen procedimientos específicos para resolver diferentes tipos de problemas relacionados con el arrendamiento. Por ejemplo, la Ley N.º 18.101 contempla procedimientos para solicitar la restitución de la propiedad, mientras que la Ley N.º 21.461 incorporó un procedimiento monitorio para determinados casos de cobro de rentas y otros gastos asociados al arriendo.
En Swisshaus Propiedades recomendamos que ante cualquier problema relacionado con el arriendo las partes se comuniquen oportunamente y revisen primero las condiciones establecidas en el contrato. Cuando Swisshaus está a cargo de la administración de la propiedad, podemos participar en la comunicación y coordinación entre propietario y arrendatario para intentar encontrar una solución adecuada.
Fuentes
- Código Civil de Chile, especialmente artículos 1924, 1927, 1928, 1930 y 1932.
- Ley N.º 18.101, que fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos.
- Ley N.º 21.461, que incorpora medidas sobre restitución anticipada y procedimiento monitorio de cobro de rentas de arrendamiento.
- Corporación de Asistencia Judicial — Preguntas frecuentes sobre arrendamiento.